- El Consejo General de Enfermería, con el apoyo de sociedades científicas enfermeras , ha elaborado un manifiesto donde denuncia el Documento técnico de prevención y control de la infección por COVID-19, porque la última actualización no garantiza la seguridad de los profesionales sanitarios.
- El documento del Ministerio considera que en procedimientos clínicos en los que “no se generen aerosoles” las mascarillas quirúrgicas son “suficiente protección respiratoria” para los profesionales que atienden a pacientes sospechosos o diagnosticados de COVID-19. Sin embrago, la norma que regula dichas mascarillas alerta de que no están diseñadas para proteger a las personas que las llevan puestas de las partículas que hay en el ambiente.
- La normativa nacional y europea vigente, la OMS y numerosa evidencia científica establecen que para proteger al profesional deberán usarse “mascarillas autofiltrantes”.
- Las enfermeras recuerdan el elevado número de profesionales sanitarios infectados y avisan al Ministerio de que si no realiza las modificaciones solicitadas retirarán su apoyo al documento referido y a cualquier otro que lo incorpore como referencia.
Madrid, 22 de mayo de 2020.- El Consejo General de Enfermería (CGE) ha exigido por carta al ministro de Sanidad la inmediata modificación del Documento técnico de prevención y control de la infección por COVID-19 porque el actual redactado atenta de lleno contra la seguridad de los profesionales sanitarios. Así lo documentan y demuestran en un manifiesto elaborado por el propio CGE con el apoyo de sociedades científicas enfermeras, incluyendo a la Asociación de Enfermería del Trabajo (AET), la Asociación Española de Enfermería de Prevención y Control de Infecciones (AEEPyCI), entre otras, entidades que asesoraron al Ministerio en la elaboración de dicho documento oficial.
Las mascarillas quirúrgicas no protegen frente agentes externos
El manifiesto suscrito por toda la profesión enfermera alerta de que en el citado documento oficial del Ministerio considera que en aquellos procedimientos clínicos en los que “no se generen aerosoles” las mascarillas quirúrgicas son “suficiente protección respiratoria” para los profesionales sanitarios. Sin embargo, el Consejo General de Enfermería recrimina al Ministerio que la propia norma que regula dichas mascarillas (EN 14683:2019) ya deja bien claro que éstas no están diseñadas para proteger a las personas que las llevan puestas frente a las partículas que hay en el ambiente independientemente de su naturaleza y tamaño. El documento recuerda que si se trata de proteger al profesional que lleva la mascarilla, deberá seguirse la norma EN 149:2001 que establece que deberán usarse “mascarillas autofiltrantes”.
La evidencia científica demuestra el riesgo elevado
El Consejo General de Enfermería enfatiza en el manifiesto que la exigencias tienen como único objetivo “garantizar la seguridad de pacientes y trabajadores sanitarios, ante la cantidad elevada de contagios en el entorno sanitario” y recuerda “el desconocimiento actual de aspectos relacionados con el patógeno, su transmisión y los procedimientos realizados a los pacientes con capacidad para generar aerosoles .
Entendemos que el riesgo de transmisión aérea aún fuera de las unidades de cuidados intensivos, podría ser elevado. Las enfermeras incluyen referencias explícitas a publicaciones científicas experimentales que “sugieren que la estabilidad del SARS-CoV-2 como aerosol suspendido en el aire podría permanecer más de tres horas y que podrían producirse concentraciones víricas ambientales elevadas en centros sanitarios, hecho que obligaría a extremar la prudencia en cuanto a las recomendaciones de protección de los trabajadores sanitarios, cuya distancia habitual de trabajo es menor a 1-2 metros de distancia del paciente”.
El redactado del Ministerio es contrario a algunas recomendaciones de la OMS
El manifiesto también hace mención a las propias recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el uso de mascarillas en relación a la infección respiratoria que recoge el documento (WHO guideline Infection prevention and control of epidemic- and pandemic-prone acute respiratory infections in health care), y que avalan su exigencia frente al Ministerio de Sanidad. Así, en el caso de las “nuevas infecciones respiratorias agudas (IRA)” recomienda la utilización de mascarillas autofiltrantes para todas las interacciones con el paciente, lo cual incluye, además de las técnicas en las que se generen aerosoles, entrar en la habitación del paciente e intervenciones a menos de un metro de distancia”.
Las mascarillas no deben reutilizarse por seguridad
En lo que se refiere a la reutilización de mascarillas, el Manifiesto de la profesión enfermera recuerda a las autoridades sanitarias que resulta “imprescindible remarcar que no existe evidencia sólida sobre la reutilización ni procesado de ningún tipo de mascarilla quirúrgica y/o mascarilla autofiltrante y, al existir un mecanismo de transmisión por contacto asociado, es inevitable recomendar desecharla tras cada uso”. Esta recomendación de no utilización está avalada por “el artículo 2 de la Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de septiembre de 2000 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo”, señala el texto.
No modificar la denominación de los trajes EPI
Por último, el Consejo General de Enfermería y las Sociedades Científicas enfermeras que suscriben el manifiesto solicitan al Ministerio que se ajuste a la regulación vigente y se abstenga de modificar “la denominación EPIs por equipo de protección”. Esta exigencia se hace para evitar que puedan generarse equívocos en el desarrollo de futuras normas que vengan a establecer “las características a cumplir por los equipos a utilizar los profesionales sanitarios”. “Los EPIs, desde la óptica de la seguridad y salud en el trabajo, quedan regulados por el Real Decreto 773/1997 que establece las disposiciones mínimas para garantizar una protección adecuada del trabajador/a durante su utilización y desde el punto de vista de la seguridad del producto en base al Reglamento (UE) 2016/4251, que establece los requisitos que deben cumplir los EPIs, desde su diseño y fabricación, hasta su comercialización, con el fin de garantizar la salud y seguridad de los usuarios.
En caso omiso: retirada inmediata del apoyo
Las entidades enfermeras que suscriben el manifiesto del CGE recuerdan al Ministerio que llevan meses solicitándole que en cualquier documento o protocolo se tome siempre como base el artículo 15 de la Ley de prevención de riesgos laborales, que fomenta la máxima protección a nivel laboral ante un riesgo todavía desconocido, como es el caso del COVID-19. Sin embargo, el Ministerio de Sanidad ha hecho oídos sordos y pese a que está en juego la salud de las personas, la respuesta hasta el momento es que “considera que esta premisa y, por tanto, la modificación del citado documento técnico no es viable”.
El manifiesto enfermero recuerda el elevado número de profesionales sanitarios contagiados y justifica la exigencia de modificación inmediata del documento del Ministerio de Sanidad en base a a la evidencia científica, así como a la numerosa normativa de ámbito nacional y europeo e incluso a recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. “Siguiendo el principio de rigor científico, de prudencia y protección de los trabajadores sanitarios y de la seguridad del paciente, solicitamos la aceptación de las propuestas realizadas, de lo contrario, las entidades firmantes de este manifiesto nos veremos obligadas a comunicar la retirada de nuestro apoyo” a este documento (“Prevención y control de la infección en el manejo de pacientes con COVID-19”) así como a todos aquellos otros que lo incorporen como referencia.
Sociedades científicas enfermeras que suscriben el manifiesto del Consejo General de Enfermería de España: